Cementiri de les Corts. Expropiaciones forzosas como solución al problema de espacio 1898 – 1913

Introducción

La información que se expone en este artículo está documentada a partir de expedientes de obra conservados en l´Arxiu Contemporari de Barcelona, relativos al ensanche del cementiri de les Corts (Barcelona). Este post forma parte de una investigación que inicié el año 2015 (y que sigue en la actualidad), que me permitió identificar a los arquitectos autores de la reforma modernista, así como el año de su realización. Contrariamente a la información generalmente divulgada de que el recinto modernista se inauguró en 1897, los expedientes de obra demuestran sin lugar a dudas que fue en 1913 y gracias a una serie de expropiaciones forzosas por utilidad pública, llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Barcelona.

Expropiación forzosa por utilidad pública como medio para paliar el problema de espacio en los cementerios de Barcelona

Con el objetivo de incrementar el espacio destinado a las inhumaciones, el Ayuntamiento de Barcelona contaba con tres procedimientos: el concurso, la adquisición directa y la expropiación forzosa por utilidad pública.

Desde 1910 y ante el grave problema que afectaba a la ciudad de Barcelona en relación a la falta de espacio destinado a las inhumaciones, la Comisión y el Ayuntamiento unieron sus esfuerzos con el fin de construir nuevos cementerios o ensanchar los ya existentes. En el Presupuesto Extraordinario del año 1910 (1), se consignaron 240.000 pts para la adquisición mediante concurso ó como legalmente sea factible, de terrenos destinados á Cementerios(2). El 15 de septiembre de 1910 se abrió el concurso para adquirir nuevos terrenos tanto dentro como fuera de la jurisdicción municipal de Barcelona, así como para ampliar el cementerio de Sants, Les Corts y Horta. Al concurso se presentaron siete proposiciones que fueron todas ellas rechazadas el 1 de junio de 1911 (3).

Por otra parte adquirir una extensión de terreno que se hallara a suficiente distancia como para que no acabara formando parte del núcleo urbano y que además, reuniese las condiciones higiénicas recomendadas por la Junta Provincial Municipal de Sanidad Civil, no era tan sencillo (4). Como tampoco lo era el encontrar propietarios de fincas colindantes a los cementerios dispuestos a vender. En estos casos la dificultad para llegar a un acuerdo económico era el principal obstáculo.

La tercera vía, la expropiación forzosa por utilidad pública, resultaba el último recurso con que contaba el Ayuntamiento cuando los otros procedimientos habían fallado. Este fue el caso del cementiri de les Corts en donde se procedió a la expropiación forzosa de fincas colindantes al recinto.

Problemas de espacio en el cementerio de les Corts

El primer cementerio de les Corts data de 1847. Se trataba de un recinto de reducidas dimensiones que con el transcurso de los años, resultó insuficiente para satisfacer las necesidas de la población. La primera ampliación documentada del recinto se remonta al 22 de octubre de 1885 cuando la Junta Local de Cementerio, propuso ensanchar el recinto por considerarlo insuficiente. Para este ensanche se adquirió mediante operación de compra-venta, el terreno propiedad de Dña. Dolors Campreciós i Soler, viuda de Don Francesc Tinturé (5). El terreno limitaba con el cementerio por poniente y corresponde al actual departamento 2º y 3º.

A pesar de este ensanche en 1898 ya se estudiaba la posibilidad de ampliar nuevamente el recinto:

Además de las obras de menor cuantía se han construido en la necrópolis de Las Corts 830 hipogeos temporales; verificándose en la actualidad los estudios para su ensanche y reforma, al objeto de poder proseguir la construcción de las sepulturas que puedan ser necesarias para los restos mortales los soldados repatriados que fallezcan en esta capital (6).

Este párrafo publicado en La Vanguardia pone de manifiesto una vez más que no se inauguró un nuevo cementerio en 1897 ya que en 1898, se estaba estudiando su ensanche y reforma.

En 1902 el cementiri de les Corts seguía con graves problemas de espacio que hacían imposible la construcción de dependencias solicitadas por el Ayuntamiento de Barcelona. Esta circunstancia ya quedó documentada en Cementiri de les Corts, 1902 – 1904. Solicitud para restaurar la capilla, construir una sala de autopsias, un depósito de cadáveres y otras dependencias. La solución que planteó el Arquitecto Municipal Pere Falqués i Urpí a través de su ayudante Martínez Fossas, pasaba por deslindar los terrenos colindantes y averiguar su titularidad ya que era imposible, realizar mejoras y construir nuevas dependencias en un cementerio de tan reducidas dimensiones.

Las expropiaciones que permitieron ensanchar y reformar el cementri de les Corts se documentan ya desde 1907(7). Gracias a un expediente de obra relativo a una futura ampliación del recinto sabemos que en 1909, el cementiri de les Corts se amplió en una superficie de 10.406 m2 (8). Como resultado de dichas ampliaciones tenemos lo que actualmente se corresponde con el ante-cementerio, departamento 4º, 6º, central, más una porción de terreno colindante a la antigua Riera Blanca y que desde 1993, ocupa una parte del Tanatori de les Corts.

Los planos de los años 1908 y 1909 firmados por Pere Falqués i Urpí y su ayudante Agustí Domingo Verdaguer nos muestran el perímetro del cementerio de Les Corts, más el perímetro del ensanche (9).

Cementiri de les Corts en 1908. El perímetro en negro señala el límite del recinto en 1908 y que comprendía una parte del actual tanatorio, el departamento 2º y el 3º. El perímetro en rojo marca la ampliación que corresponde al actual ante-cementerio, departamento 4ª, central y 6º, más una zona colindante a la Riera Blanca. Copia del plano original de emplazamiento realizado por Pere Falqués i Urpí y Agustí Domingo Verdaguer, con fecha 11 Diciembre 1908. Expediente relativo al proyecto para cercar los terrenos destinados á ensanche del Cementerio de «Las Corts». Exp. nº 7668. Arxiu Contemporani de Barcelona
Plano del actual cementerio de les Corts orientado como se muestra el de 1908. El cementerio en 1908 comprendía solo una parte del actual tanatorio, el departamento 2º y el 3º. Esta parte ocupada por el tanatorio correspondía al recinto antiguo, el de 1847. El departamento 2º y 3º era el resultado de la compra de unos terrenos a la Sra. Dolors Campreciós en 1885. La ampliación resultante de las expropiaciones corresponde al departamento central, 4º, 6º, ante-cementerio, más una extensión que limitaba con la Riera Blanca y que hoy también ocupa el tanatorio

Con motivo del llamamiento que hizo el Ayuntamiento de Barcelona el 13 octubre 1910 para presentar ofertas a fin de ampliar y ensanchar varios cementerios de Barcelona, el Sr. Pedro Forcada i Brasó que vivía en calle San Francisco nº 16 de Sarriá, ofreció un terreno colindante con el cementerio por la parte noroeste, al precio de 35 céntimos el palmo y cuya superficie era de 11.200 m2 (10). Pero su oferta fue rechazada (11).

Los expedientes de amplación que culminarán en la reforma materializada en 1913, se relacionan con las expropiaciones forzosas de una parte de la finca de los hermanos Torns y Nonell y de otras dos, propiedad del Sr. Luís Argemí Segarra.

Expropiación forzosa de una parte de la finca denominada La Sirera

A causa de los graves problemas de espacio que acabamo de ver, el Ayuntamiento de Barcelona puso en marcha el plan de expropiación forzosa por causa de utilidad pública para el ensanche del cementerio de las Corts de Sarriá.

Los hermanos son D. José y Dña. María Concepción Torns y Nonell poseían una finca denominada La Sirera de superficie 4.320 metros y 83 decímetros cuadrados que lindaba por el norte con la finca de D. Pedro Forcades (Piarret) y la Riera Blanca, por el sur con el mismo cementerio y la Avenida y camino del mismo, por poniente con la finca de D. Pedro Forcades (Piarret) y con el cementerio y por oriente, con la Riera Blanca y el camino del cementerio.

Con motivo del ensanche el Arquitecto Municipal Pere Falqués i Urpí certificó en nombre del Ayuntamiento de Barcelona, que a los hermanos D. José y Dña. María Concepción Torns y Nonell se les debía expropiar parte de su finca. La parte expropiada quedaba descrita en un plano fechado el 12 agosto de 1908 que hasta día de hoy, no he podido localizar. Para iniciar el plan de expropiación primero se debía redactar la hoja de aprecio en donde constaba los linderos, la superficie, la riqueza imponible, la contribución anual y la renta. Pere Falqués actuando como perito nombrado en representación del Ayuntamiento de Barcelona, fue el encargado de su redacción el 22 de agosto de 1908 (12).

Como se ha mencionado más arriba la expropiación no afectaba a la totalidad de la finca, sinó a una extensión de 828 m y 86 decímetros cuadrados y por la que se les ofreció a los hermanos la cantidad de 6.582 pts (13). Los Torns y Nonell aceptaron la oferta el 6 de octubre 1908 y el día 11 de enero de 1909, en el despacho de las Casas Consistoriales, se debía proceder al pago de dicha cantidad. Pero resultó que La Sirera estaba gravada con diversas cargas por lo que el pago a los Torns y Nonell, quedó suspendido (14).

Tras meses de dilación parece que finalmente el día 6 de mayo de 1909 la finca debió de inscribirse, a favor del Ayuntamiento de Barcelona en el Registro de la Propiedad del Norte (Gracia) de Barcelona (15).

Expropiación forzosa de dos fincas del Sr. Argemí

El senor D. Luís Argemí i Segarra poseía dos fincas afectadas por la expropiación:

1ª.- Una pieza de terreno de 8.682,73 m que linda por Oriente con la finca del Ayuntamiento y otra parte con otra que no se menciona. Al sur linda con la finca de D. Francisco Caballé Llongueras. A poniente con la de D. José Balsells y Dña. Cecilia Guillé y por el norte, con los albaceas de D. Jacinto Sendil(16).

2ª.- Una fracción de terreno de 1.110,02 m.2 que linda por el norte con una calle, por el Sur con la finca de D. Miguel Pon, por el este con la Riera Blanca y por oriente con la finca de D. Claudio Guillé (17).

Las dos fincas sumaban una superficie total de 9.792,75 m2

Pere Falqués i Urpí redactó la hoja de aprecio el 22 de agosto de 1908, el mismo día que redactó la de los Nonell. Como Arquitecto Municipal Falqués actuó como perito designado por el Ayuntamiento certificando que al Sr. Argemí, debía serle ocupada la finca descrita y detallada en la relación y plano presentados con fecha 12 agosto 1908. Y como en el caso de los hermanos Torns y Nonell, tampoco he podido localizar este plano. En la hoja de aprecio constan los linderos, contribución, riqueza imponible y cuota. Los linderos según los redactó Falqués son: al norte con una parte de los terrenos de D. Pedro Forcades (Piarret) y otra parte con el cementerio y otra con el ante-cementerio o Avda. del mismo. Al sur una parte con los terrenos de D. Eusebio Güell y otra con la de los hermanos Nonell. Al este con el cementerio, con los terrenos de los hermanos Nonell y con el camino o avenida contigua a la Riera Blanca que conduce al cementerio. Por el oeste linda con los terrenos de D. Eusebio Güell y con los de D. Pedro Forcades (Piarret)(18).

Pero Falqués cometió un error en la redacción de la hoja de aprecio ya que solo tuvo en cuenta la primera finca a la que además, le atribuyó una superficie de 9.577,89 m2 en lugar de 8.682,73 m2 .

La expropiación afectaba a toda la propiedad. El valor económico según el Reglamento y Ley era del 3% como precio de afección, por lo que al Sr. Argemí le correspondía la cantidad de 101.406,86 pts (19).

En el despacho de la Alcaldía de las Casas Consistoriales de la Ciudad de Barcelona, el día 11 de enero 1909 se debía abonar al Sr. Argemí la cantidad correspondiente. Para proceder al pago estaban presentes el Sr. Alcalde Alberto Bastardas, D. Luís Argemí, el Sr. depositario municipal D. Francisco Rafel y el Secretario. Pero sobre la propiedad radicaba un censo y como en el caso anterior, se suspendió el acto de pago (20).

El 6 de mayo de 1909 se presentó la hoja de aprecio en el Registro de la Propiedad del Norte (Gracia) para inscribir la finca a nombre del Ayuntamiento de Barcelona. En base a ésta, el Registrador procedió a inscribir los 9.577,89 m2. Pero como ya sabemos existía un error de 214,86 m2 sin inscribir a favor del Ayuntamiento (21). A fin de evitar que la segunda finca continuara inscrita a nombre del Sr. Argemí (22), el Registrador debía proceder a la inscripción mediante certificación que acreditase que la superficie de la 1ª finca, era de 8.682,73 m y la segunda de 1.110,02 metros con un total de 9.792,75 m. De lo contrario debía rectificarse la hoja de aprecio.

En diciembre de 1910 el Alcalde de Barcelona, Salvador Marqués de Marianado certificó que con motivo ensanche del cementerio de Las Corts, fue ocupado un terreno del Sr. Argemí en una extensión de 9.577,89 m. según consta en la hoja de aprecio y que el Sr. Argemí, presentó la documentación solicitada acreditando que la superficie es en realidad de 9.792,75 m2. Como existía una diferencia entre el terreno expropiado y la superficie de las dos fincas, y esta diferencia perjudicaba los intereses del Ayuntamiento, se solicitó anular y rectificar la inscripción del 6 mayo 1909 y que se procediera a la agregación de las dos fincas. Así mismo que se distinguiera en la inscripción las dos fincas en su totalidad a favor del Ayuntamiento, por la capacidad de 9.792,75 m2. Tras aclarar el error, el defecto pudo ser subsanado.

Superficie expropiada para el ensanche

No cabe duda de que la reforma y ensanche del cementiri de Les Corts pudo realizarse gracias al plan de expropiaciones forzosas por utilidad pública, llevado a cabo por el Ayuntamiento de Barcelona. A principios del siglo XX el cementeri de Les Corts tan solo contaba con lo que hoy es una parte del tanatorio, el departamento 2º y el 3º. Así lo atestiguan los planos trazados por Pere Falqués y su ayudante. Contamos además con el testimonio documentado de que en 1902 el cementerio era de tan reducidas dimensiones, que no permitía mejoras ni espacio para dar cabida a nuevas dependencias, por no hablar de la capilla que se encontrada en estado ruinoso y asumiendo la función de depósito de cadáveres y sala de autopsias (23).

Lamentablemente no he podido localizar hasta el día de hoy los planos de las fincas expopiadas que Pere Falqués realizó el 12 de agosto de 1908. Según un expediente de 1918 antes citado, sabemos que en 1909 el cementiri de les Corts se amplió en 10.406 m2. Las dos fincas del Sr. Argemí contaban con una sueprficie de 9.792,75 m2 y la de los Torns i Nonell con 828, 86 m2. En total 10.621,61 m2. Estos m2 no coinciden con los 10.406 m2 pero la diferencia entre ambas cantidades se aproxima a los 214,86 m2 que Pere Falqués atribuyó de menos a una de las fincas del Sr. Argemí. Debemos pues considerar en base a los expedientes que los terrenos expropiados, fueron efectivamente los de los hermanos Torns y Nonell y los del Sr. Argemí i Segarra.

El cementiri de Les Corts en 1913

Gracias a este plan de reforma y ensanche puesto en marcha por el Ayuntamiento de Barcelona, el cual incluyó la expropiación forzosa de las fincas arriba mencionadas, en 1913 el cementiri de Les Corts contaba con un ante-cementerio, un edificio para la administración, un depósito de cadáveres, un pabellón de higiene para los sepultureros anexo al depósito, una nueva entrada para el recinto católico y otra para el protestante. Además se procedió a la construcción de aceras y afirmado de la rampa de acceso y el departamento central, fue dotado de sistema de alcantarillado. Así mismo se amplió el número de sepulturas con un total de 1.155 nichos (24). De esta reforma y ensanche en la actualidad todavía se conserva el ante-cementerio, el edificio de la administración, la nueva entrada para el recinto católico, la rampa de acceso y la totalidad del departamento central y el departamento 4º y 6º. El depósito de cadáveres, el pabellón de higiene y el acceso al recinto protestante desaparecieron en 1993, cuando se procedió al derribo el departamento I y del recinto protestante para la construcción del Tanatori de Les Corts.

Rampa de acceso al ante-cementerio que queda a mano izquierda y por donde se entraba y se entra en la actualidad al recinto católico. Si se continuaba por la rampa sin girar a la izquierda, se llegaba al recinto protestante, al depósito de cadáveres y al pabellón de higiene. Proyecto de Pere Falqués i Urpí y Agustí Domingo Verdaguer
Ante-cementerio tal y como lo proyectó el arquitecto Jefe de Urbanismo y Obras Pere Falqués i Urpí en colaboración con su ayudante Domingo Verdaguer. A mano izquierda el edificio de la administración y a la derecha, el nuevo acceso al recinto católico que da paso al departamento central. Obras dentro del plan de reforma y ensanche del cementiri de Les Corts inauguradas en 1913
Vista parcial del departamento central. Este departamento no formaba parte del cementerio en 1897. Nos aparece en planos datados a partir de 1908 y como resultado del plan de expropiación forzosa llevado a cabo por el Ayuntamiento para la reforma y ensanche del cementerio de Las Corts
Cementiri de Les Corts. Vista parcial del departamento 4º. En el centro Falqués y su ayudante proyectaron la construcción de cuatro fosas comunes. El departamento 4º forma parte del ensanche del recinto en 1909
Departamento 6º. Este departamento forma parte del plan de reforma y ensanche y no existía en 1897. Desde el principio fue destinado a ninchos de concesión temporal. En un extremo y al fondo, se reservó un espacio para cremadero que en la actualidad acoge diversas sepulturas. En el otro extremo se construyó un almacén que todavía se conserva en la actualidad

En futuros posts se tratará de los proyectos encargados por el Ayuntamiento de Barcelona al Arquitecto Municipal Pere Falqués i Urpí y a su ayudante Agustí Domingo Verdaguer, para cercar los terrenos expropiados mediante muro de contención, así como la construcción en sucesivas etapas de nuevas dependencias y sepulturas(25).

Artículo registrado en Safe Creative Commons Attribution-NoDerivatives 4.0 International (CC BY-NC-ND 4.0)Esta licencia autoriza la utilización íntegra del texto sin fines comerciales ni modificaciones y citando siempre la autoría (Mercè Alabern Gómez). Las fotografías a excepción de la que muestra el plano del cementerio en la actualidad, quedan sujetas a la misma licencia

Como ha quedado dicho al inicio de esta entrada, el presente post forma parte de un trabajo de investigación iniciado en el año 2015. Esta investigación sacó a la luz información inédita como es la identidad de los arquitectos autores del recinto modernista, el año de realización del proyecto , la ejecución del mismo, la ubicación del cementerio de 1847 y el arquitecto encargado de trazar el proyecto. Que esta investigación que lleva años en curso, no se haya publicado en formato libro responde a intereses ajenos a la calidad y solvencia del trabajo, cuyas fuentes se apoyan en documentos de archivo tales como expedientes de obra y artículos de prensa contemporáneos. Por tanto no está de más recordar que si se hace uso de la información inédita contenida en estos posts, hay que citar ya que por un lado implica una muestra de respeto hacia el trabajo ajeno, y por otro se evita incurrir en plagio, delito tipificado en el Código Penal.

Referencias

(1) Capítulo X, Articulo II, partida 6. Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(2) Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(3) Las 240.000 pts que figuraban en el Presupuesto Extraordinario de 1910 bajo epígrafe Adquisición de terrenos para Cementerios, se consignaron para el ensanche del cementerio de Sants. Pero finalmente el expediente quedó sin efecto por la oposición del Ayuntamiento de Hospitalet y de algunas barriadas de Sants. Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(4) La distancia mínima entre un cementerio y la població debía ser de 2 Km. Así lo exigía la R. O.  de 16 Julio de 1888

(5) Llibre d´actes 1885. 1.2. Organs de govern. 1.2.3. Llibre d´actes 38 (Fol. 35) Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

(6) La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1898, p. 4

(7) En 1907 los expedientes de reforma ya estaban muy avanzados. La Vanguardia. Hemeroteca, 27-10-1907

(8) Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(9) Expediente relativo al proyecto para cercar los terrenos destinados á ensanche del Cementerio de «Las Corts», Exp. nº 7668. Arxiu Contemporani de Barcelona y Expediente relativo al nuevo proyecto para cercar los terrenos destinados á ensanche del Cementerio de «las Corts» exp. nº 7755. Arxiu Contemporani de Barcelona

(10) La equivalencia en palmos corresponde a 280.000. Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(11) En otro post veremos como el Sr. Forcada vuelve a aparecer con motivo del ensanche cementerio de Les Corts por la parte noroeste. Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(12) Aprobada por el Ayuntamiento en Comisión el 3 de septiembre del mismo año. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Gracia (del Norte). Riqueza imponible 30 pts, Contribución anual 6,88pts y Renta 50 pts. Ayuntamiento de Barcelona. Sección de Hacienda. Negociado de Presupuestos. Expediente relativo a la titulación, datos y antecedentes del Cementerio de las Corts. Finca nº 381 del Inventario. Exp. nº 543. Arxiu Contemporani de Barcelona

(13) Esta cantidad se calculaba en base al valor en renta y venta según la Ley vigente de Expropiación Forzosa y Reglamento. En este caso a los hermanos Torns les correspondía un 3% como precio de afección

(14) Sobre la finca La Sirera radicaba un censo a favor de Miguel Cañellas y sucesores, de pensión 15 libras catalanas equivalentes a 40 pts pagaderas anualmente en 15 agosto. También una hipoteca por un préstamo de 2.250 pts a favor de Antonio Bruguera y Sabater. Al no haber podido cancelar las cargas, el alcalde Alberto Bastardas aplicó el art. 39 de la Ley de Expropiación forzosa del 10 enero de 1879 suspendiendo el acto del pago, y reteniendo el importe de la finca que quedó en manos del Gobernador Civil según Ley de Expropiación forzosa art. 39 y 40 y art. 66 del Reglamento para su ejecución. Expediente relativo a la titulación, datos y antecedentes del Cementerio de las Corts. Finca nº 381 del Inventario. Exp. nº 543. Arxiu Contemporani de Barcelona

(15) Parece que esta incripción hace referencia a la finca aunque no queda del todo claro. Incrito el precedente documento, en el tomo 984 del archivo, libro 47 de la sección 4ª de Las Corts, folio 211 finca nº 1119, inscripción 1ª. Ayuntamiento de Barcelona. Sección de Hacienda. Negociado de Presupuestos. Expediente relativo a la titulación, datos y antecedentes del Cementerio de las Corts. Finca nº 381 del Inventario. Exp. nº 543. Arxiu Contemporani de Barcelona

(16) Finca inscrita en el Tomo 251 del archivo, Libro 15 de Las Corts, folio 202 v. Finca 100 inscripcion 6ª

(17) Inscrita en Tomo 578 del archivo, libro 30 de las corts folio 90 finca 753 inscripción 23

(18) Aprobada por Ayuntamiento en Consistorio el 3 de septiembre del siguiente. Riqueza imponible: superficie de la finca 9.577,89 m2 es de 60 pts y paga de contribución anual 15 pts y 85 céntimos ascendiendo a 90 pts el producto de su venta anual

(19) Barcelona 22 agosto 1908. Pedro Falqués= sessión ordinaria de 2ª convocatoria de 3 septiembrede 1908= Aprobado. Secretario accidental= Janer= como propietario figura el Sr. Argemí quien aceptó la oferta como valor de dichos terrenos=Barcelona 6 de oct de 1908

(20) Censo en dominio a favor del Sr. Severo Borrás pensión 3 libras catalanas equivalentes a 8 pts anualmente pagaderas en 2 sept. El Sr. Argemí no había podido llegar a un acuerdo con el Sr. Borrás. Como en el caso de los hermanos Nonell, el Alcalde procedió a la aplicación del art. 39 de la Ley de Expropiación Forzosa de 10 Enero 1879, suspendiendo el acto de pago y reteniéndo el importe de la finca a disposición del Gobernador Civil de la Provincia en conformidad con los art. 39 y 40 y el 66 del Reglamento para su ejecución haciéndolo constar en acta

(21) La totalidad de las dos fincas del Sr. Argemí era de 9.792,75 m2 pero en la hoja de aprecio constaba 9.577,89 m2. La diferencia entre ambas superficies es de 214,86 m2 las cuales quedaban sin inscribir en el Registro

(22) Recordar que en la hoja de aprecio redactada por Pere Falqués, solo se tuvo en cuenta la primera finca y con una superficie errónea

(23) Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

(24) La Vanguardia. Hemeroteca,  26-10-1913, p.  10

(25) Pere Falqués i Urpí falleció en 1916. A su muerte su ayudante Agustí Domingo Verdaguer asumió el cargo de Jefe de Urbanización y Obras

Fuentes documentales

Ayuntamiento de Barcelona. Sección de Hacienda. Negociado de Presupuestos. Expediente relativo a la titulación, datos y antecedentes del Cementerio de las Corts. Finca nº 381 del Inventario. Exp. nº 543. Arxiu Contemporani de Barcelona

Expediente relativo al proyecto de ampliación del Cementerio de las Corts por la parte N.O., 1918. S139, Exp. nº: 11.079. Arxiu Contemporani de Barcelona

Expediente relativo al proyecto para cercar los terrenos destinados á ensanche del Cementerio de «Las Corts», Exp. nº 7668. Arxiu Contemporani de Barcelona

Expediente relativo al nuevo proyecto para cercar los terrenos destinados á ensanche del Cementerio de «las Corts» Exp. nº 7755. Arxiu Contemporani de Barcelona

Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1898, p. 4

La Vanguardia. Hemeroteca,  26-10-1913, p.  10

Llibre d´actes 1885. 1.2. Organs de govern. 1.2.3. Llibre d´actes 38 (Fol. 35) Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

Cementiri de les Corts 1898- 1899. El camino del cementerio y la falta de mantenimiento de sus infraestructuras a finales del siglo XIX

El presente artículo forma parte de una investigación sobre el cementiri de les Corts que inicié en el año 2015 y que me permitió sacar a la luz información inédita hasta el momento. Los obstáculos a los que tuve que hacer frente para dar a conocer mi investigación ya quedaron expuestos en El cementiri de Les Corts. Mi trabajo de investigación realizado durante 2015 y 2016 a partir de fuentes documentales procedentes de los archivos municipales de Barcelona.

A fin de mantener en red toda la información inédita sobre el recinto funerario de les Corts así como reivindicar la autoría de mi investigación, he decidido divulgarla en este blog. De paso desearía puntualizar que el hecho de que no haya sido posible publicar la en formato libro a través de una editorial, no significa que se trate de un trabajo al que no se le deba tener en consideración de cara a futuras publicaciones académicas o divulgativas relacionadas con el cementeri de les Corts.

Santa María de les Corts en el siglo XIX

El primer cementiri de les Corts data de 1847. Se trataba de un recinto realizado casi con seguridad a partir del projecto presentado por el arquitecto Josep Oriol Mestres en 1846. Del campo santo en el siglo XIX conocemos una Reglamentación redactada en 1867 de la que no podemos asegurar que entrara en vigor, unas costumbres y obligaciones que debían cumplir los vecinos de les Corts a la muerte de un parroquiano y una ampliación en 1885. También sabemos en qué estado debía encontrarse la capilla y el recinto libre (1).

1897 fue un año clave ya que por una parte se admite que corresponde a la inauguración del cementerio modernista y por otra, se produce la agregación de les Corts a la ciudad de Barcelona. El dato relativo a la inauguración procede del texto de Carme Riera Els cementiris de Barcelona publicado en 1981 (2). Pero tras una exhaustiva búsqueda documental en los expedientes de obra conservados en l´Arxiu Contemporani de Barcelona, puedo afirmar sin lugar a dudas que el cementerio modernista de les Corts data de 1913 . Se trata de un recinto construido a partir del proyecto realizado por el arquitecto municipal Pere Falqués i Urpí en colaboración con su ayudante Agustí Domingo Verdaguer. Aclarado este punto, a finales del siglo XIX tenemos un cementerio de reducidas dimensiones y en donde la necesidad de una ampliación y reforma, era ya apremiante. Con todo, no se podrá llevar a cabo hasta años más tarde y tras la expropiación forzosa de fincas colindantes.

El camino del cementerio

Su trazado transcurría por la actual calle de Sabiro Arana y atravesaba una parte de los jardines de la Maternidad (3). El lamentable estado en que se encontraba en 1898 fue motivo de quejas entre los propietarios de fincas en les Corts, así como de vecinos del municipio que vivían en sus casas de campo situadas en las inmediaciones del camino. Estas fincas se hallaban comprendidas entre les Corts (Velles) y el cementerio y para acceder a ellas, era necesario atravesar el camino carretera que unía la barridada con el recinto funerario (4).

Alumbrado y adoquinado

En 1898 el trayecto era transitado a diario y de madrugada por los carros procedentes de las casas de campo encargados de transportar sus mercancías hasta la Ciudad Condal. También por el coche de la Casa Provincial de la Maternidad y los carruajes fúnebres que conducían los cuerpos de los soldados, que habían fallecido en el sanatorio de la Cruz Roja (antes Fábrica Batlló). La principal problemática a la que se enfrentaban los transeúntes era que el camino del cementerio, no contaba con iluminación nocturna, se hallaba sin arcenes para los peatones y además, carecía de asfalto lo que en días lluviosos, lo convertía en un verdadero lodazal. Según la instancia presentada en 1898 por varios propietarios al Ayuntamiento de Barcelona, las malas condiciones del camino en época de lluvias, les impedían acceder a sus fincas y por ello, solicitaban la construcción de una acera a lo largo del camino ya que en días lluviosos á ser en extremo difícil la circulacion por dicho camino, pues gran parte de las aguas quedan encharcadas en él

Además los afectados solicitaban instalar tres farolas, una acera y los correspondientes pasillos a fin evitar que las ruedas de los carros, invadiesen el borde de los caminos. La instalación de las farolas no suponía excesivo trabajo porque ya contaban con la cañería de gas que alumbraba la Casa de la Maternidad y que transcurría por el mismo camino del cementerio.

En 1898 ya existían seis farolas instaladas en las cercanías:

1.- Dentro de los jardines de la Maternidad en dirección al cementerio. Se trataba de una farola particular

2.- En el mismo camino del cementerio (calle Sabino Arana) y casi en la esquina con la calle Mayor (hoy Avenida Carlos III)

3.- En la calle Mayor (Carlos III) cerca de la esquina con el camino cementerio (Sabino Arana).

4.- Y dos en calle Mayor (Carlos III) cercanas a la esquina con la calle del Instituto Frenopático (en la actualidad calle Mejía Lequerica)

5.- En la calle del Instituto Frenopático (Mejía Lequerica)

Las tres farolas nuevas se querían instalar en el camino cementerio (Sabino Arana) a ambos lados frente al Instituto Frenopático y la tercera, a medio camino entre el Frenopático y la esquina de la calle Mayor (Carlos III).

En mayo de 1898 D. Alejandro Novellas Vidal, domiciliado en la calle Ataulfo nº 14, 2º piso, expuso al alcalde de Barcelona mediante una instancia firmada por él y otros propietarios de fincas de les Corts que como él viven en Barcelona, así como por labradores de les Corts, la necesidad de contar con las ventajas derivadas de la agregación de les Corts a Barcelona. Entre estas ventajas se cuenta el alumbrado y un correcto mantenimiento de las infraestructuras. Como hemos visto los caminos que conducían a sus propiedades no contaban con aceras ni pasillos lo cual, dificultaba enormemente el tránsito. Los afectados solicitaban adoquinado y alumbrado en el camino que conducía de les Corts Velles al cementerio ya que además, se trataba de una vía muy transitada. El precio de la colocación de las tres farolas y ramales ascendía a 206 pesetas. En cuanto a las aceras y adoquines, se instaba a consultar con el Ingeniero Jefe para resolver la cuestión.

El 5 de diciembre de 1898 el Negociado de Fomento informó al Ingeniero Jefe y el 21 enero 1999, éste respondió al Ayuntamiento de Barcelona. Dada la longitud del camino sería factible construir una acera de tierra de 80 cm. de anchura en uno de sus lados. De hecho esta acera ya había existido pero el tiempo se había encargado de hacerla desaparecer. El Ingeniero Jefe opinaba que colocando a trechos algún bordillo, se obtendría el paso para peatones. Además los trabajos los podían llevar a cabo los mismos operarios de la brigada del Ayuntamiento, al tratarse de unas obras que no entrañaban mayor dificultad.

Aprobación de las obras y del alumbrado

Según lo resuelto por la Comisión de Fomento en Junta del día 3 de febrero de 1899, se aprobó la construcción de la acera a lo largo del camino carretera por los operarios de las brigadas sin que ello implicara gasto alguno.

En cuanto al alumbrado, el Ingeniero Jefe manifestó que se había realizado el plano en donde constaban las farolas y tuberías de conducción de gas y los edificios (5). El importe de farolas y ramales ascendía a 206 pesetas tal y como ya se había acordado. Su importe tuvo cabida en la consignación del Capítulo 3º art. 2º del Presupuesto de 1899. En sesión ordinaria del 22 febrero de 1899, el Ayuntamiento de Barcelona aprobó finalmente colocar las tres farolas en el camino que conducía de les Corts Velles al cementerio de les Corts.

En resumen no fue hasta 1899, justo a la finalización del siglo XIX y transcurridos cincuenta y dos años desde su inauguración, que el cementerio de les Corts contó con un camino de acceso dotado de aceras y adoquinado, y de una mejor iluminación facilitando así el acceso al recinto tanto de los viandantes como de los coches fúnebres. Estas mejoras en infrasestructura se realizaron gracias a la iniciativa de los propietarios de fincas cercanas al cementerio.

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Referencias

(1) Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

(2) Fou inaugurat el 1897, segons consta als arxius, i s´obrí al públic el 4 d´octubre del mateix any. RIERA, Carme. Els cementiris de Barcelona, Barcelona, Edhasa, 1981, p. 169

(3) La información relativa a la colocación de las tres farolas y el mantenimiento de las infraestructuras del camino del cementerio, se ha extraído del siguiente expediente Col.locació de tres fanals al camí de Les Corts de Sarrià al cementiri del barri 1898 – 1899. Q 136 Exp nº: 3/0-2806. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

(4) Corts Velles era el núcleo de población situado en la actual Travessera de les Corts y la calle Marquès de Setmenat y a ambos lados del antiguo torrent dels Morts (hoy calle Les Corts). VV.AA. Els barris de Barcelona, Vol. II, Barcelona, Ajuntament de Barcelona, 1998, p. 189

(5) El plano figura en el expediente de obra citado en la nota 3

BIBLIOGRAFÍA

RIERA, Carme. Els cementiris de Barcelona, Barcelona, Edhasa, 1981

VV.AA. Els barris de Barcelona, Vol. II, Barcelona, Ajuntament de Barcelona, 1998

Fuentes documentales

Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

Col.locació de tres fanals al camí de Les Corts de Sarrià al cementiri del barri 1898 – 1899. Q 136 Exp nº: 3/0-2806. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

L´Escala. Cementerio parroquial de Sant Pere

L´Escala, municipio situado en la comarca de l´Alt Empordà (Girona), se originó en el siglo XVI cuando surgió como puerto de pesca bajo la dependencia de la villa d´Empuries, dependencia que finalizará en 1766 al constituirse como municipio independiente debido al notable crecimiento demográfico. Ubicada en un paraje privilegiado a orillas del Mediterráneo, l´Escala contaba con una economía basada en la pesca sobre todo en la elaboración y comercio de la salazón de la anchoa, y en el cultivo de la vid hasta que el boom turístico de los años 60 del siglo XX, transformó el municipio en un solicitado destino vacacional.

Precedentes de los cementerios parroquiales

Para abordar los precedentes de los antiguos cementerios parroquiales es necesario remontarse a la Antigüedad clásica y a la Época paleocristiana cuando los difuntos eran inhumados en espacios situados fuera de los núcleos de población. Así lo dictaminaba el dogma de religión, la legislación civil y los Primeros Padres de la Iglesia. Los entierros fuera de los espacios urbanizados fue el lugar elegido por mártires y santos (1).

El cambio de tendencia empieza a producirse a partir del siglo IV cuando la población desea enterrarse cerca de los martyria (2) para obtener las ventajas espirituales y protectoras que suponía la proximidad con un mártir o santo ya que ambos, no precisaban someterse al Juicio Final para alcanzar Paraíso. Con el tiempo sobre los martyria se edificarán basílicas destinadas a peregrinos y creyentes. Es en este punto cuando dan dos circunstancias. Por un lado el crecimiento de estos espacios de inhumación y por otro, la expansión de las poblaciones cercanas a estos centros de culto, que acabarán por absorberlos. Este proceso dará lugar al nacimiento de los cementerios parroquiales, espacios de inhumación intramuros o sea, dentro de las murallas y al amparo de un templo. Los enterramientos tienen lugar dentro del mismo núcleo de población. Estos cementerios contaban con una fuerte jerarquización espacial. La mayoría de la población se enterraba en el exterior y solo al estamento nobiliario o eclesiástico se le permitía un entierro dentro de la iglesia. Los recintos funerarios funcionan como reflejo de la sociedad a la que pertenecen y en una sociedad feudal, fuertemente jerarquizada, los cementerios parroquiales experimentan la misma tendencia.

L´Escala, los primeros centros de inhumación

L´Escala desarrolló el mismo modelo que se acaba de exponer. En Empúries y durante la ocupación romana existía un centro inhumación cercano a las murallas o caminos de entrada, siempre a extramuros (3). Así mismo se documentan inhumaciones junto a una capilla funeraria construida sobre unas antiguas termas, en la neápolis de Empúries la cual perteneció a un personaje importante dentro de la comunidad cristiana del siglo IV (4). Se han localizado necrópolis en la carretrea de Sant Martí d´Empúries, junto a la iglesia de Santa Margarida, en Vilarena y en Sant Martí (5). En Antiguedad tardía se realizaron entierros al amparo de las iglesias de Santa Margarida y de Santa Magdalena cuyo origen se encuentra en un mausoleo del siglo V (6).

En siglo XVI se construyó la actual iglesia de Sant Martí d´Empúries con un cementerio annexo. Esta edificación sustituye a un templo anterior en donde ya se enterraba al menos desde la segunda mitad del siglo IV.

Església de Sant Martí d´Empúries
Iglesia de Sant Martí d´Empúries junto al pequeño cementerio parroquial. Procedencia de la imagen http://www.parroquiaempuries.org/ca/node/114

El cementerio parroquial de Sant Pere de L´Escala

Acabamos de ver diferentes localizaciones en donde se documentan centros de inhumación anteriores a la existencia del cementerio parroquial de la iglesia de Sat Pere de l´Escala (7). Recordemos que en esta época l´Escala no es todavía un municipio independiente sinó que se halla bajo el dominio de la villa d´ Empúries. No será hasta inicios de la segunda mitad del siglo XVIII cuando podremos hablar de villa independiente. Aun así en el siglo XVI se constituye un pequeño núcleo de habitantes en la zona portuaria. En 1680 este núcleo consta de ochenta vecinos que solicitan a la condesa de Empúries Catalina de Aragón Folch de Cardona, la construcción de una iglesia. La condesa accede a la petición y cede unas tierras de su propiedad, otorgando licencia a los habitantes del Puerto de l´Escala a construir su iglesia.

El documento de cesión datado del 1680 menciona la construcción de un cementerio anexo a la iglesia:

(…) y suplicando sea servida de concederles licencia para hacer la dicha Iglesia con ciminterio de sesenta varas de largo y treinta de ancho, en el d(ic)ho sitio del Port, a la parte de Oriente, Mediodia y Tramontana, en la restante tierra mia de la parte de Poniente, en la calle que llaman de Torruella de Montgri… (8).

El 19 mayo de 1682 se bendicie el campo santo con licencia del obispo de Girona. A partir de entonces se podrán realizar las primeras inhumaciones a cargo del sacristán de la parroquial de Sant Martí d´Empúries y primer rector de Sant Pere de l´Escala Rafael Matheu:

Dimarts, als dinou de maig de mil-sis-cents-vuytanta-dos, dic 19 de maig de 1682, jo Rafael Matheu prés. y sacrista de la esglesia parroquial de Sant Marti de Ampurias y vuy pr. recthor de la esglesia parroquial de Sant Pera de la Escala de Ampurias he beneit lo sementiri de dita esglesia ab llicencia del IIm. Senyor Dr. Emer Thomàs Auter, bisbe de Girona (9).

Primer entierro anotado en el obituario corresponde a Pere Albert de profesión barrilero, quien fue inhumado por el mencionado rector Rafael Matheu:

en lo Sementiri de la Esglesia Parroquial de Sant Pera de la Escala de Ampurias fou enterrat Pera Albert, barriler, habitant en dita parroquia. ha rebut tots els Sacraments de la Santa Mare Església que en tal cas deu rebre tot xpia. ço és lo Sant sacrament de Penitència, lo Santissim Sacrament de Eucaristia i lo Sant Sacrament de Extremaunció, no ha fet testament, en lo seu enterrament tant solament han intervingut dos curats. S´han fetes les Honres. Per a mi Rafael Matheu, près. rector (10).

Gracias a un plano de 1863 trazado por el maestro de obras de la Bisbal D. José Puig, conocemos la ubicación del cementerio parroquial. Por otro lado contamos con la documentación de 1866 relativa a la venta de una parte de los terrenos del viejo campo santo (11). En realidad éste se componía de tres parcelas adjuntas a la parte frontal de la iglesia y a ambos lados de la misma.

El primer terreno se hallaba en Calle Mayor. Con una extensión de 3.120 palmos de superficie cuadrada, limitaba por oriente con la Calle de Santa Màxima, por el sur con la casa y patio de Juan Corderch, por poniente con la Calle Mayor y por el norte con la Plaza Constitución.

En la actualidad podemos trazar los límites de este primer terreno que quedaría comprendido entre la calle Enric Serra nº 25, 26, 27, calle Pintor Serra nº 29 (límite sur), Plaça de l´Església y calle de Santa Màxima nº 30

El segundo terreno contaba con una extensión de 4.864 palmos de superficie cuadrada. Lindaba por oriente con la calle de Santa Màxima, por el sur con la Plaza Constitución, por poniente con la calle Mayor y por el norte con un callejón sin nombre.

Como en el caso anterior podemos trazar sus límites. Actualmente se corresponde con el edificio situado entre la Calle Pintor Pere Serra nº 23, Calle Moreneta nº 2, Calle de Santa Màxima y Plaza de l´esglesia.

El tercer terreno limitaba por oriente con calle del Medio, por el sur con un callejón sin nombre, por poniente con calle de Santa Màxima y por el norte con otro callejón sin nombre. Ocupaba una superficie de 2.760 palmos cuadrados (12).

Hoy día se localiza en la calle de la Moreneta nº 4, calle de Santa Màxima, calle del Mig y Plaza de l´Església. Aclaramos que la actual calle de la Moreneta no tenía nombre como tampoco lo tenía el callejón que discurre paralelo a la actual plaza de l´Església (plaza esglesia nº 1), y que hoy forma parte de la misma plaza hasta alcanzar el carrer del Mig.

El problema de salubridad en los cementerios parroquiales como origen de su lenta y progresiva desaparición. La teoría miasmática

Las inhumaciones en los cementerios parroquiales quedaban bajo tutela de la Iglesia y regulados por concilios. Los problemas sanitarios y de higiene derivados por este tipo de enterramientos provocaron el rechazo de las corrientes higienistas e incluso por un sector de la misma Iglesia. Los cuerpos quedaban mal sepultados y acababan por aflorar a la superficie, la descomposición cadavérica, las miasmas, creaban ambientes contaminados alrededor y dentro de las mismas iglesias y por consiguiente, en el interior de las poblaciones. Progresivamente las epidemias dejaron de interpretarse como castigos divinos para convertirse en el fatal desenlace provocado por los efluvios tóxicos. Los racionalistas ilustrados atribuyeron a los cementerios parroquiales ser el origen de los brotes epidémicos de acuerdo con la teoría miasmática según la cual las emanaciones fétidas procedentes de la materia orgánica en descomposición, eran las responsables de las enfermedades.

Las primeras voces contrarias a la continuidad de los cementerios parroquiales se alzaron en Francia. En 1769 Luis XVI prohíbe los entierros en el cementerio de Les Innocens alegando razones de salud pública y ordena construir un nuevo recinto a extramuros de París. Italia seguirá la misma tendencia. En España la situación ya había sido denunciada por párrocos militares y médicos aunque fue la epidemia de cólera de 1781 que tuvo lugar en la villa de los Pasajes (Guipúzcoa), la que precipitó los acontecimientos. Con todo, existía una fuerte controversia al respecto. Entre los detractores se encontraba la Real Academia de Historia y Real Academia Médica Matritense, seguidoras ambas de la corriente miasmática (13). Los defensores de seguir manteniendo los cementerios parroquiales alegaban que se trataba de una costumbre fuertemente arraigada. En general se generó una fuerte resistencia a abandonar las inhumaciones dentro de los cementerios parroquiales ya que al localizarse al amparo de un centro religioso, los allí enterrados gozaban de ventajas espirituales y profilácticas. Además la Iglesia cobraba por enterrar dentro de los templos y ello sin olvidar las donaciones, venta y alquiler de sepulturas que suponían un medio de sustento para la parroquia. Alegaba además falta de medios para construir cementerios extramuros. En cuanto a la nobleza, acabar con los cementerios parroquiales suponía poner fin a una parte de sus privilegios.

En pleno debate sobre la necesidad de trasladar los cementerios fuera de las poblaciones, se inica la construcción en 1785 y a extramuros del Real Sitio de San Ildefonso al que seguirá el cementerio de Cartagena, Antequera, El Pardo, Yévennes de San Juan, Sisante y Lucena (14). Para la autora Carmen Bermejo estas iniciativas son el resultado del pensamiento ilustrado, del progreso científico de finales XVIII dirigido a mejorar la calidad del vida de los ciudadanos (15).

La Real Cédula de Carlos III de 1787

En 1786 los Fiscales del Consejo por encargo de monarca Carlos III, emitieron el informe Memorial Ajustado del expediente seguido en el Consejo en virtud de Orden de S.M. de 24 de marzo de 1781 sobre el establecimiento general de Cementerios, como salida al conflicto generado por las emanaciones tóxicas y en sintonía con la corriente ilustrada de Francia, Inglaterra y Alemania en cuanto a la construcción de cementerios civiles. Este memorial será el punto de partida de la Real Cédula de 3 abril de 1787 según la cual :

Se haràn los Cementerios fuera de las Poblaciones siempre que no hubiere dificultad invencible ò grandes anchuras dentro de ellas, en sitios ventilados è inmediatos a las Parroquias, y distantes de las casas de los vecinos: y se aprovecharàn para Capillas de los mismos Cementerios las Ermitas que existan fuera de los Pueblos, como se ha empezado à practicar en algunos con buen suceso.

A pesar de Real Cédula de 1787, los cementerios parroquiales se mantendrán en activo lo que obligará a seguir legislando continuamente en esta materia. A lo largo del siglo XIX se promulgarán diversas órdenes que toparán de frente con la oposición de la Iglesia que se negará rotundamente a renunciar a la hegemonía que había ejercido hasta el momento, y a una nobleza que se opondrá a renunciar a sus privilegios en materia de entierros.

El cementiri mariner pone fin al cementiri parroquial de Sant Pere

La construcción de un nuevo cementerio en l´Escala respondía a las disposiciones de la Real Cédula de 1787 de Carlos III y a las sucesivas órdenes dictadas sobre la misma materia y que insistían en que por razones de higiene, los recintos funerarios debían construirse alejados de las poblaciones y en espacios bien ventilados. Muy lentamente asistiremos a la secularización de los cementerios . Entre los primeros municipios de Girona en acogerse a la nueva legislación se encontraba Torroella de Montgrí (1817), Palafrugell (1816), Figueres (1817) y Girona (1809) (16).

Hasta 1837 las partidas de defunciones de l´Escala dan fe que los entierros se llevan a cabo aún en el cementerio parroquial de Sant Pere. Entre 1838 y 1851 no se especifica el recinto ya que el rector solo constata el hecho de que mando dar sepultura (17). No será hasta el 6 de noviembre de 1851 cuando nos encontramos frente a la primera partida de defunción que cita el cementerio marinero:

fue sepultado su cadáver en el cementerio público de esta Villa (18)

Cementerio abandonado

Aunque no fue hasta 1851 cuando se registra en el obituario que los entierros se llevan a cabo en el cementiri mariner, desde 1837 ya no se utilizaba el recinto parroquial. Este dato lo conocemos gracias a un documento de 1864 rescatado por Mercè Vila y que se conserva en l´ Arxiu Diocesà de Girona, en el que el sacerdote Jayme March Pbro. a falta de medios económicos del Ayuntamiento, solicita fondos al vicario General de la Diócesis de Girona para trasladar la monda al cementerio marireno. Especifica que se halla en desuso desde 1837 al existir un nuevo recinto fuera de la población (19). Este documento además nos informa del estado en que se hallaba el cementerio parroquial de Sant Pere:

En atención de hallarse casi derribados los muros del Cementerio antiguo de la Villa de la Escala, el que desde el año 1837 esta inutilizado por haberse establecido otro fuera de la poblacion, y viendo con gran sentimiento que sirve de pasto a los animales; para acabar con semejante profanación acudí con el Ayuntamiento de la predicha Villa á fin de que me suministrase los fondos convenientes para trasladar los restos humanos y toda la tierra del mismo al nuevo, á cuya insinuacion me respondio que no podia satisfacer mis buenos deseos por carecer del metalico necesario (20)

El panorama que mostraba el recinto parroquial debía ser desolador: con sus muros casi derribados, los animales pastando libremente en su interior, sin actividad desde 1837 y con restos humanos pendientes de exhumar y trasladar al nuevo cementerio (21). Acerca de esta cuestión, el traslado de la monda, la falta de medios económicos para llevarlo a cabo se había convertido en un problema para el Ayuntamiento de l´Escala. El 6 de abril de 1863 el alcalde comunica al Consistori que el Gobernador Civil de la Provincia y el Obispo, autorizan el traslado de los restos que aún permanecen inhumados en el cementerio parroquial. El 3 de mayo se notifica al Consistori que se va a llevar a cabo el traslado (22). Pero aunque se cuente con las autorizaciones pertinentes por parte de las autoridades competentes, la realidad era que no había fondos para el traslado de los restos y la tierra del cementerio parroquial al cementerio marinero. Como solución el Consistori y el Rector deciden solicitar al Gobernador D. José de Urbiztondo y al Obispo de Girona Constantino Opo, la posibilidad de vender el terreno a un vecino de l´Escala a cambio de que éste, se comprometa al traslado de la monda y la tierra al nuevo cementerio. Otra vez sale a relucir el asunto de los animales que sin muros de cierre, entran y salen del campo santo a sus anchas.

en atencion de hallarse abandonado sin consideracion a los restos mortales que contiene, y carecer de los recursos necesarios la Municipalidad no solo para cerrarlo para que no entren animales, sino mucho menos para trasladarlo todo al nuevo; pero que habiendo un sujeto en esta Villa que cediendo parte del terreno que ocupa dicho Cementerio se obliga a trasladar a costa suya toda la tierre y restos mortales… (23)

Tanto el Rector y el Gobernador dan su conformidad y el 7 febrero 1864, el Consistori y el mismo Rector, venden a D. Jayme Serrats i Puig los terrenos del antiguo cementerio parroquial a condición de que en un máximo de cinco meses, el Sr. Serrats traslade la tierra y los restos humanos al cementerio marinero y deje el terreno al mismo nivel que el de la Plaça de la Constitució (actual Plaça de l´Ajuntament) y que el de la entrada de la iglesia (24). Esta operación de compra-venta ya había sido nombrada en este post al citar el documento relativo a la ubicación exacta del cementerio parroquial. La cesión y firma del contrato se lleva a cabo el 7 de febrero pero la venta, ratificación y escritura, no se realizan hasta pasados dos años (25).

Con el tiempo se verá que el Sr. Serrats no parecía tener ninguna prisa ya que en 1867, aún no ha derribado los muros que quedaban en pie, ni había nivelado el terreno, ni exhumado los restos (26). Visto el panorama el 8 diciembre de 1867 el Ayuntamiento convoca a los miembros del Consistori que formalizaron la venta, con el fin de encontrar una estrategia que oblige al Sr. Serrats a cumplir lo acordado. La convocatoria acuerda traspasar el asunto al Gobernador Civil para que resuelva el caso. Desafortunadamente no queda constancia documental sobre cuáles fueron las medidas adoptadas por el Gobernador, si es que finalmente se pronunció sobre el tema (27).

Adoptara las medidas que adoptara no contamos con más noticias hasta 1872, cuando el Sr. Serrats aparece de nuevo en la documentación a propósito de un presupuesto sobre una pared y puerta para cerrar el cementerio de los forasteros, que se hallaba en la parte sur de la iglesia. La autora Mercè Vila sospecha que este cementerio podría tratarse de una parte del recinto parroquial que no había sido vendida al Sr. Serrats en 1864 (28). Aprobado el presupuesto las obras corren a cargo de Jayme Serrats a condición, de convertirse en propietario del cementerio de los forasteros por un periodo de seis años y medio transcurridos los cuales, la propiedad regresará al Ayuntamiento (29). En cuanto al traslado de la monda, en 1872 todavía está pendiente pero el Ayuntamiento de l´Escala decide desvincularse del asunto porque considera que la responsabilidad recae en el Sr. Serrats.

A partir de 1872 no hallo más noticias referentes al cementerio parroquial entre la documentación de archivo rescatada y publicada por la autora Mercè Vila pero cabe suponer, que finalmente se procedió al traslado de los restos y la tierra al nuevo cementerio. Con el nacimiento de los recintos funerarios emplazados fuera de los núcleos poblacionales, los terrenos antes ocupados por los viejos cementerios parroquiales se transforman progresivamente en zonas urbanizables y en plazas situadas junto a las iglesias y l´Escala no será una excepción. Antes de convertirse en espacios públicos era necesario exhumar los restos y trasladar la tierra. No olvidemos que se trata de tierra sagrada, consagrada, y situada dentro de les sagreres. No en vano los cementerios reciben el nombre de campo santo.

Artículo registrado en Safe Creative Commons Attribution-NoDerivatives 4.0 International (CC BY-NC-ND 4.0)Esta licencia autoriza la utilización íntegra del texto sin fines comerciales ni modificaciones y citando siempre la autoría (Mercè Alabern Gómez) . La imagen de la Iglesia de Sant Martí d´Empúries , queda excluída de dicha licencia

Referencias

(1) BERMEJO LORENZO, Carmen. Arte y Arquitectura Funeraria. Los cementerios de Asturias, Cantabria y Vizcaya (1787 – 1936), Oviedo, Universidad de Oviedo, 1998, p. 18

(2) Martyria: edificación construida sobre el lugar de inhumación de un santo o mártir

(3) VV.AA. El cementiri mariner, l´Escala, Ajuntament de l´Escala, 2018, p. 16

(4) Ibidem, p. 17 y 18

(5) Ibidem, p. 18

(6) Ibidem, p. 18

(7) No se puede abordar el tema de los recintos funerarios de l´Escala sin mencionar el ingente trabajo archivístico de Mercè Vila (ver bibliografía) y agradecer al Ajuntament de l´Escala su implicación por darlo a conocer divulgando así su rico patrimonio cultural

(8) VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala: 3 segles d´enterraments» en Fulls d´Història Local, L´Escala, Serveis de Publicacions de l´Ajuntament de L´Escala, Departament de Benestar i Cultura Social, Arxiu Municipal, Centre d´Estudis Escalencs, 1989, p. 62. Una reproducción del documento original de cesión puede verse en VILA, Mercè. «El cementiri vell. Allò que ens conten els Arxius» en Monografies Locals nº 1, L´Escala, Ajuntament de L´Escala, 1991, p. 12

(9) VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala…», op. cit., p. 62

(10) Ibidem, p. 62

(11) Para un plano de ubicación del cementerio parroquial realizado por Benjamí Bofarull ver VILA, Mercè. «El cementiri vell…», op. cit., p. 22 y VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala…», op. cit., p. 63

(12) VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala…», op. cit., p. 63

(13) BERMEJO LORENZO, Carmen. Arte y Arquitectura Funeraria…, op. cit., p. 23

(14) Ibidem, p. 25

(15) Ibidem, p. 25

(16) GRAU i  FERRANDO, Dolors. Cementiris i sepelis, (Quaderns de la Revista Girona nº 103. Sèrie, Guies nº 42, Girona, Diputació de Girona, Caixa de Girona, 2002 p. 31 – 32

(17) VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala…», op. cit., p. 64

(18) Ibidem, p. 64

(19) VILA, Mercè. «El cementiri vell…», op. cit., p. 14

(20) Ibidem, p. 15

(21) Ibidem, p. 14 y 15

(22) Ibidem, p. 20

(23) Ibidem, p. 22

(24) Ibidem, p. 22

(25) Ibidem, p. 22

(26) Ibidem, p. 23 y 26

(27) Ibidem, p. 23 y 26

(28) Ibidem, p. 26

(29) Ibidem, p. 26

BIBLIOGRAFÍA

BERMEJO LORENZO, Carmen. Arte y Arquitectura Funeraria. Los cementerios de Asturias, Cantabria y Vizcaya (1787 – 1936), Oviedo, Universidad de Oviedo, 1998

BOIX, Lurdes; ROURA, Lluís. L´Escala. Imatges de tres segles, Ajuntament de L´Escala, Diputació de Girona, 2002

GRAU i  FERRANDO, Dolors. Cementiris i sepelis, (Quaderns de la Revista Girona nº 103. Sèrie, Guies nº 42, Girona, Diputació de Girona, Caixa de Girona, 2002

VILA, Mercè. «El cementiri vell. Allò que ens conten els Arxius» en Monografies Locals nº 1, L´Escala, Ajuntament de L´Escala, 1991

VILA; Mercè. «Els cementiris de L´Escala: 3 segles d´enterraments» en Fulls d´Història Local, L´Escala, Serveis de Publicacions de l´Ajuntament de L´Escala, Departament de Benestar i Cultura Social, Arxiu Municipal, Centre d´Estudis Escalencs, 1989 

VV.AA. El cementiri mariner, l´Escala, Ajuntament de l´Escala, 2018

Cementiri de les Corts, 1902 – 1904. Solicitud para restaurar la capilla, construir una sala de autopsias, un depósito de cadáveres y otras dependencias

Introducción

Este post forma parte de un trabajo de investigación sobre el cementiri de les Corts que inicié en el año 2015, y que me permitió descubrir datos inéditos sobre el recinto. La investigación y la dificultad para divulgarla ya quedó explicada en El cementiri de Les Corts. Mi trabajo de investigación realizado durante 2015 y 2016 a partir de fuentes documentales procedentes de los archivos municipales de Barcelona. Pero a pesar de los obstáculos la publiqué en mi anterior blog y de forma resumida en la web de Art Funerari: Artistes al servei de la mort, proyecto de la Universitat de Barcelona en colaboración con Cementiris de Barcelona S.A. y Ajuntament de Barcelona. Tanto mi anterior blog como Art Funerari ya no se encuentran disponibles en la actualidad, aunque la información contenida en la web ha pasado íntegramente a disposición de Cementiris de Barcelona S.A. Para mantener la investigación disponible en red y mantener así la labor de divulgación, he decidido publicarla de nuevo en este blog.

El hecho de que la investigación no haya sido publicada en formato libro a través de una editorial, no significa que se trate de un trabajo al que no se le deba tener en consideración y en particular, de cara a futuras publicaciones académicas o divulgativas que puedan aparecer en relación al cementerio de las Corts.

Antecedentes

En 1847 se inaugura el primer cementiri de les Corts emplazado en una superficie hoy ocupada en parte por el Tanatori de les Corts. De este pequeño recinto conocido como Santa María de las Corts documentamos al menos una ampliación en 1885, una Reglamentación de 1867 e incluso, la manera en que debían proceder los habitantes de les Corts ante la muerte de un vecino.

La ampliación de 1885 corresponde al actual departamento 2º y 3º pero a pesar de este incremento de superficie experimentado por el recinto en el último tercio del siglo XIX, su capacidad para satisfacer las crecientes demandas del municipio era insuficiente.

En 1898 ya se estudia la posibilidad de ampliar el cementerio:

Además de las obras de menor cuantía se han construido en la necrópolis de Las Corts 830 hipogeos temporales; verificándose en la actualidad los estudios para su ensanche y reforma, al objeto de poder proseguir la construcción de las sepulturas que puedan ser necesarias para los restos mortales los soldados repatriados que fallezcan en esta capital (1).

A pesar de las necesidad de ampliación que presentaba el recinto a finales del siglo XIX, entramos en el siglo siguiente sin que se haya avanzado en el asunto.

La capilla como depósito de cadáveres, sala de autopsias y enfermería

Para conocer el estado en que se hallaba el cementiri de les Corts durante los primeros años del siglo xx, es interesante consultar el expediente que recoge la correspondencia entre la Comisión Especial de Cementerios, la Junta de Cementerios, el Alcalde Constitucional y el Arquitecto Municipal durante los años 1902, 1903 y 1904. Una vez más constatamos que el recinto modernista no existía todavía (2).

El primer documento que encontramos en el expediente es un oficio redactado por el Alcalde Constitucional Joan Amat, dirigido al Arquitecto Municipal Pere Falqués i Urpí. El documento lleva la fecha 8 abril 1902. Su lectura nos permite imaginar el estado del recinto a inicios del siglo XX. Sorprende saber que la capilla se encontraba completamente abandonada y asumiendo las funciones de sala de autopsias, depósito de cadáveres y enfermería. Por esta razón la Comisión de Cementerios en sesión de 3 abril se apresura a solicitar a Pere Falqués, que presente con urgencia un proyecto y presupuesto para reformar capilla y construir locales apropiados para los servicios independientes, así como finalizar las dependencias que aún quedaban por terminar e intervenir aquellos nichos, que presentaban problemas de hinchamientos.

El 23 julio 1902 Pere Falqués responde lo siguiente a través de su ayudante el arquitecto Juli Martínez Fossas:

En contestación á los oficios de V. E. nos. 6218 y 6642 relativo el primero á que se presente el correspondiente proyecto para reformar la Capilla del Cementerio de las Corts, asi como para habilitar locales apropiados e independientes para todos los servicios de dicha Necrópolis, y el segundo para q se propongan las mejoras que podrían introducirse en el recinto libre, esta Sección debe manifestar a V. E. que en cuanto á dicho recinto, es de tan reducidas dimensiones, que no es posible por el presente introducir en él mejora alguna, toda vez que hasta el acceso al mismo debe practicarse por una pequeña porción de terreno, que de las indagaciones practicadas, parece ni ser propiedad del Municipio, y en cuanto á la habilitación de locales – escepto la Capilla y su sacristía, cuyo proyecto de reforma se está ultimando para poderse destinar al culto, – por lo que se refiere a la sala de autopsias, depósito de cadáveres y dependencias para la Administración y sepultureros, dada su índole, deberán emplazarse fuera del recinto de enterramientos; pero antes sería conveniente se procediera á un deslinde con los predios vecinos, a fin de saber de una manera cierta el terreno del terreno que pueda disponerse para emplazar las expresadas dependencias.

En el año 1900 se adjudica por subasta la construcción de un depósito de cadáveres y una sala de autopsias pero dos años más tarde, estas obras aún no han empezado(3). En 1902 la capilla no estaba habilitada para el culto sino que funcionaba como sala de autopsias, depósito de cadáveres y enfermería. De la documentación se desprende de que estas dependencias no estaban disponibles y por ello era en la capilla en donde se practicaban las autopsias y se almacenaban los cadáveres. Cuesta imaginar a día de hoy un panorama semejante. El alcalde solicita que se construyan locales apropiados para los servicios independientes y liberar así a la capilla de unas funciones que no le corresponden.

Importante mencionar aquí que la capilla a la que se refiere el documento, no es la construcción que tenemos actualmente presidiendo el Departamento Central. Esta capilla no existía todavía. La única capilla existente en 1902 se encontraba en el departamento 1º y se hallaba efectivamente en estado ruinoso, como afirma un expediente de ampliación del recinto (4). Se dedicará un post a tratar el tema de la capilla ya que merece un capítulo aparte.

En relación al depósito de cadáveres cabe añadir que en 1867, ya se planteaba su construcción. En el citado Reglamento, título 7º Depósito de cadáveres y sala de autopsias, se dispone lo siguiente:

Habrá en el cementerio un local especial para depósito de cadáveres en general, y para la exposición de aquellos que han muerto repentinamente, o de manera violenta. Este local servirá para la práctica de autopsias y ensayos analíticos para lo cual habrá una mesa forrada de zinch de las dimensiones necesarias atendido al servicio que se la destina (5).

También sabemos que en 1883 el cementiri de les Corts contaba con una habitación de observación (6). La función de este local era como su nombre indica, la de mantener a los cuerpos en observación hasta poderlos declarar oficialmente fallecidos.

A pesar de la adjudicación por subasta, en 1902 el cementiri de les Corts acuciaba todavía de la falta de unas dependencias básicas para llevar a cabo funciones tales como el culto o el almacenamiento de los cadáveres.

Necesidad de deslindar los predios vecinos

En relación a las mejoras que deberían efectuarse en el recinto libre, Juli Martínez Fossas expone que se trata de un espacio tan limitado que no permite intervenciones de esta índole. En cuanto a su acceso, se llevaba a cabo a través de un terreno del cual se desconocía el propietario. Por un plano del año 1900 situamos con exactitud la ubicación del recinto libre (7). Este se hallaba al fondo del cementerio antiguo o sea, del primer núcleo funerario, un espacio que actualmente ocupa el Tanatori de les Corts. De marcada forma rectangular, el recinto libre se encontraba en lo que hoy es una parte del tanatori, concretamente la que da a la calle Menéndez y Pelayo. Efectivamente comprobamos que sus reducidas dimensiones dificultaban la ejecución de las mejoras solicitadas. El acceso que menciona Martínez Fossas y que se llevaba a cabo a través de una pequeña porción de terreno, corresponde en la actualidad a una parte ocupada por el tanatorio.

El plano de 1900 nos permite deducir que el tanatori es de mayores dimensiones de lo que fue el cementerio antiguo. Podemos apreciar la proporción si lo comparamos en planta con la superficie del departamento II donde el cuadrado pintado de negro, marca la ubicación del panteón Estruch y Closas.

Esquema del plano de superfície del año 1900 trazado a partir del original conservado en el Arxiu Contemporani de Barcelona. S. 139; Exp. nº: 480. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona. En la planta se indica el emplazamiento del panteón Estruch y Closas en el actual departamento II. Al fondo del cementiri antic (cementerio antiguo) se encontraba el cementiri neutre o recinto libre. En la actualidad el cementerio antiguo y el neutro o libre, lo ocupa una parte del tanatorio
La imagen corresponde a la misma zona del cementerio que representa el plano de 1900. La parte del tanatori marca el emplazamiento del cementerio antiguo (cementiri antic). El la parte posterior se hallaba el recinto libre que da a la calle Menéndez y Pelayo. La superficie coloreada de fuscia corresponde al actual departamento II. El cuadrado nº 3 marca la ubicación del panteón Estruch y Closas. Fotografía de la autora tomada del plano situado en el cementiri de Les Corts

En cuanto a la construcción de una sala de autopsias, un depósito de cadáveres, un edificio para la Administración y otro para los sepultureros, el cementiri de les Corts era de tan reducidas dimensiones en 1902, que éstas deberán emplazarse fuera del recinto de enterramientos. Para ensanchar el recinto lo suficiente para permitir ubicar dichas dependencias era necesario realizar un deslinde, a fin de conocer con exactitud los límites de los terrenos colindantes.

El 29 julio 1902 el secretario de la Junta manifiesta que haciendo el debido mérito a las indagaciones que formuló el Sr. Arquitecto, se proceda al deslinde de los terrenos propiedad del Ayuntamiento. Del documento se desprende que los terrenos vecinos son de propiedad municipal.

El 4 agosto 1902 quien fuera el alcalde accidental de Barcelona Manuel Fabra y Ledesma, comunica a Pere Falqués que:

Esta Junta haciendo el debido mérito á las indagaciones formuladas por V. en su comunicación nº 213 de 23 Julio último, relativas al Cementerio de las Corts decidió en sesión celebrada el 29 del pasado mes encargarle proceda á un deslinde de los terrenos propiedad del Exmo. Ayuntamiento.

El 7 febrero de 1903 la Comisión Especial de Cementerios se dirige a Pere Falqués para saber si ya ha procedido al deslinde. Como venía siendo habitual, el Jefe de Urbanización y Obras responde el día 13 febrero 1903 a través de su ayudante encargado de la Sección Facultativa:

En contestación á los oficios de V.E. nº 6837 y 8060, relativos á la conveniencia de proceder a un deslinde de los terrenos pertenecientes al Cementerio de Las Corts, esta Sección debe manifestar á V.E. que dicho trabajo llévose á cabo hace ya bastante tiempo en union del Vocal de esta Ilre. Junta Don Eduardo Mercader, y con asistencia de los propietarios colindantes, llegando á un acuerdo con algunos de ellos, no sucediendo lo propio con otros, los cuales quedaron en presentar sus títulos de propiedad, para en vista de ello resolver la Iltre. Junta; sin que hasta la fecha tenga esta Sección noticia alguna de la resolución que acerca del particular haya podido recaer

Es decir el deslinde ya se había llevado a cabo en febrero por tanto, se conocían los límites y propietarios, además del Ayuntamiento, de los terrenos colindantes al cementerio. Quedaba por resolver la presentación de títulos por parte de algunos de los propietarios.

Transcurre un año sin que tengamos más noticias sobre este asunto. A finales de febrero de 1904 el Presidente de la Comisión Especial de Cementerios, D. Celestino Teixidó se dirige al Jefe de Urbanización y Obras Pere Falqués, para comunicarle que en sesión del 22 febrero la Comisión resolvió encargarle con urgencia, un presupuesto y proyecto para reformar capilla y construir locales apropiados para servicios independientes así como la finalización de los dependencias que aún no estaban terminadas ya que la capilla, sigue funcionando como depósito de cadáveres, sala de autopsias y enfermería.

Martínez Fossas como Ayudante de la Sección 6ª responderá el 24 de marzo conforme al Jefe de Urbanización y Obras Pere Falqués que no es posible ya que todavía está por identificar el propietario de un terreno que linda con el cementerio y con la Riera Blanca. En la actualidad el tramo de la Riera Blanca que transcurría junto al cementerio, corresponde a la rampa que utilizan los furgones para acceder al tanatorio.

Dando contestación al oficio de V.E. nº 10888, referente al estado en que se hallan las diferentes dependencias del Cementerio de Las Corts ordenando la presentación de planos de proyecto y presupuesto, para las reformas y mejoras que sean precisas realizar para obviar tales deficiencias; esta Sección debe manifestar á V.E. que no le es posible por el presente dar cumplimiento á la expresada orden hasta tanto no se halle resuelto la verdadera pertenencia del trozo de terreno abandonado junto a dicho recinto limitado por la riera con que linda, el cual, de resultar del Exmo. Ayuntamiento, viene como á emplazamiento indicado donde poder construir tales dependencias ó de lo contrario habrá de resolverse previamente el sitio donde deberán emplazarse dentro de los límites hoy día conocidos.

La última noticia de la que tenemos constancia lleva fecha del 23 julio 1904, y corresponde a la respuesta del Ayudante de Sección, a un oficio presentado por el Alcalde relativo al estado del recinto libre:

Dando contestación al oficio de V. E. num. 11820 relativo al estado del recinto libre del Cementerio de Las Corts, esta Sección debe manifestar: que en la visita de inspección verificada en aquella Necrópolis junto con el Iltre. Sr. Vocal de turno Don Eduardo Mercader, se dictaron las oportunas órdenes al objeto de que su aseo y limpieza corresponda al respeto que el recinto se merece, y a éste efecto se ordenó al Sr. Jardinero Municipal que dejara el suelo convenientemente arenado, colocándo junto á las paredes algunas plantaciones y que los paramentos de aquellas séan convenientemente blanqueadas

El Reglamento de 1867 estipulaba que la vegetación, en caso de que la hubiera, quedaba a cargo del sepulturero. El Título 4º Del sepulturero y sus obligaciones, artículo 6º, disponía lo siguiente:

(…) si se colocaran árboles correspondientes á la gravedad de tan santo lugar, cuidará también de que se conserven y riegen para su fomento

Vemos que en 1904 ya se disponía de un jardinero municipal y que el recinto libre, se quería dotar con algunas plantaciones. Así mismo tenemos constancia de algunas órdenes destinadas a realizar al menos, una parte de las mejoras solicitadas dos años antes.

El estado de los cementerios de Barcelona a principios de siglo XX

El caso del cementiri de les Corts no era excepcional. Los documentos de la época nos informan de que en general, el mantenimiento de los cementerios era insuficiente. Los Boletines Municipales recogen poca información referente a los recintos funerarios pero cuando lo hacen es para poner de manifiesto, las deficientes condiciones en que se hallaban las necrópolis. En 1902 la Junta de Cementerios se lamentaba del estado en que se encontraban los cementerios, recalcando la escasa organización de la Sección Facultativa encargada de realizar los trabajos de mantenimiento. Según la Junta el resultado de esta mala gestión se traducía en una falta de unidad y demoras con el consiguiente perjuicio para la población. A fin de paliar la situación, la Junta solicitó la constitución de la Sección Facultativa integrada por diversas personalidades al frente de la cual, se hallaba el arquitecto municipal Pere Falqués i Urpí. Honestamente Falqués reconoció que no daba al abasto. Con el fin de mejorar el problema se designó a un grupo de ayudantes el principal de los cuales, fue Juli Martínez Fossas de la Sección de Edificaciones y Ornato. Pero la conclusión a la que llegaron los implicados era que el presupuesto asignado para el mantenimiento de los recintos funerarios no se encontraba en consonancia con la importancia del trabajo a desarrollar. Así mismo el año anterior ya se había constituido una plantilla especial encargada del desarrollo y conservación de los cementerios, pero previamente se precisaba de un plano general realizado por el Arquitecto Jefe, a fin de que dicha plantilla pudiera ejercer sus atribuciones. Como apoyo al Arquitecto Jefe se nombró a un técnico y a un maestro de obras. Este replanteamiento debía ser suficiente para que la Sección Facultativa pudiera responder satisfactoriamente las necesidades de la Junta (8).

Volviendo al cementiri de les Corts, en 1904 contaba con una superficie total tan reducida que no permitía el emplazamiento de un local para llevar a cabo las autopsias, ni un depósito de cadáveres. Para resolver esta cuestión se adaptó la capilla para llevar a cabo tales funciones desvinculándola totalmente de su atribución cultual.

El problema de la falta de espacio no quedará en parte resuelto hasta la expropiación forzosa de varias fincas colindantes al cementerio, y que culminará con el ensanche y reforma de estilo modernista de 1913 obra del arquitecto municipal Pere Falqués i Urpí en colaboración con su ayudante Agustí Domingo Verdaguer.

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Referencias

(1) La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1898, p. 4

(2) Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

(3) La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1900, p. 5

(4) Projecte d’ampliació del cementiri de Les Corts per la part del nord-oest [Arquitecte del cementiri: Agustí Domingo Verdaguer]. 1917. S139 Exp.nº: 11079. Arxiu Contemporani de Barcelona

(5) Reglament per a la direcció i conservació del cementiri del poble de Les Corts, 1867. 5.1. Gestió d´equipaments sanitaris. Lligall nº2 Doc. 10. SEPESP724/CAT/08001/9300081. Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

(6) Estado comprensivo de las condiciones higienicas que tienen todos los cementerios enclavados en este termino municipal, formado á tenor de lo dispuesto en la Real orden Circular del Ministerio de la Gobernacion fecha 20 de febro de 1883. Condicions higièniques 1883. 5.1. Gestió d´equipaments sanitaris. Gestió de Cementiri. Lligall nº2 Doc. 10. SEPESP724/CAT/08001/9300081. Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

(7) Reparació panteó José Estruch y Closas. 1900. S.139 Exp nº: 480. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

(8) AHCB3-294/5D27 Pere Falqués i Urpí nº 25 i 26 caixa nº 17. Arxiu Històric de la Ciutat de Barcelona

BIBLIOGRAFÍA

La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1898, p. 4

La Vanguardia. Hemeroteca, 1-11-1900, p. 5

Fuentes archivísticas

AHCB3-294/5D27 Pere Falqués i Urpí nº 25 i 26 caixa nº 17. Arxiu Històric de la Ciutat de Barcelona

Estado comprensivo de las condiciones higienicas que tienen todos los cementerios enclavados en este termino municipal, formado á tenor de lo dispuesto en la Real orden Circular del Ministerio de la Gobernacion fecha 20 de febro de 1883. Condicions higièniques 1883. 5.1. Gestió d´equipaments sanitaris. Gestió de Cementiri. Lligall nº2 Doc. 10. SEPESP724/CAT/08001/9300081. Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

Expediente relativo a la terminación de la sala de autopsias, depósito de cadáveres, capilla y demás dependencias del cementerio de Las Corts 1902-1904. S 139 Exp nº: 2580. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

Reglament per a la direcció i conservació del cementiri del poble de Les Corts, 1867. 5.1. Gestió d´equipaments sanitaris. Lligall nº2 Doc. 10. SEPESP724/CAT/08001/9300081. Arxiu Municipal del Districte de Les Corts

Reparació panteó José Estruch y Closas. 1900. S.139 Exp nº: 480. Arxiu Municipal Contemporani de Barcelona

Projecte d’ampliació del cementiri de Les Corts per la part del nord-oest [Arquitecte del cementiri: Agustí Domingo Verdaguer]. 1917. S139 Exp.nº: 11079. Arxiu Contemporani de Barcelona